06 abril 2008

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ESTATISMO REDIVIVO

Edición SE1115 (06 abril 2008)

Desde que Francis Fukuyama (tomándose demasiado literalmente a Hegel) anunció el fin de las ideologías (y de la historia), se asume con demasiada facilidad el triunfo del individuo sobre los estatismos. Pero todavía hay muchos totalitarismos vigentes en el planeta, y en el llamado “mundo libre” las libertades económicas deben convivir con muchas otras restricciones. Por ello, no hay que subestimar la peligrosidad del dirigismo sólo porque ahora es más moderado que antes. La menor intensidad del estatismo ocasional no altera la esencia de su error antropológico.

Por eso deben rechazarse iniciativas intervencionistas aparentemente poco impactantes como estas dos que figuraron en el debate público la semana pasada: (i) el decreto para obligar a ciertos clubes sociales a adecuar sus estatutos y admitir socias mujeres; y (ii) la propuesta del Colegio de Abogados de Lima (CAL) para extender a las escuelas de Derecho las restricciones anunciadas para los institutos y facultades de educación.

La primera iniciativa atenta indiscutiblemente contra la libertad de asociación consagrada en la Constitución. Y no porque la Carta Constitucional incluya la partícula “de acuerdo a ley”, quiere decir que la ley pueda imponer cualquier cosa, ni mucho menos desnaturalizar la libertad en cuestión. Las asociaciones privadas dejan de ser tales si se les obliga a perseguir un fin eminentemente público como el igualitarismo o el combate a la exclusión. No existen para eso. La lógica de la norma llevaría a que los clubes de madres (o las asociaciones de lesbianas) tengan que admitir hombres, o las sociedades de descendientes de italianos, a hijos de chinos (full disclosure: soy socio de uno de los clubes que no admite socias mujeres).

La propuesta del CAL, por su parte, se enmarca en su consabida obsesión por asegurar privilegios de todo tipo para la profesión abogadil (SE 1075). Los gremios profesionales (y los sindicatos) son rezagos de las hermandades medievales, cuya razón de ser era establecer barreras de acceso para impedir la competencia y garantizar mercados cautivos a sus asociados. Por eso el Sutep aplaudió la medida en el sector educación. Pero mientras que en ese caso el Estado es el único que puede determinar su propia oferta de educación pública, el CAL pretende afectar a facultades privadas y públicas, alegando su mala calidad. Y, desde luego, estatuyendo al Estado como árbitro y censor de esa calidad. ¿Cómo habría calificado el imaginario burócrata de turno la iniciativa de mi recordado amigo y profesor Armando Zolezzi cuando fue decano de la facultad de Derecho de la PUC y abrió un curso de bridge porque encontraba que favorecía el pensamiento estratégico (SE 1111)?

Lo que tienen en común el decreto “feminista” y lo que propone el CAL es una fe desmedida en la capacidad del Estado para corregir las imperfecciones de las decisiones de individuos libres. Como si el Estado mismo no estuviera compuesto por seres tanto o más falibles. Como si el Estado fuera Dios, o su sucedáneo (SE 1109).

 




Gonzalo Zegarra Mulanovich
Director
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